January 16, 2025

I-220a para cruzar la frontera: Guía completa para entrar en EE.UU.

Si desea entrar en Estados Unidos, debe obtener un visado a menos que sea ciudadano estadounidense o residente legal permanente. El gobierno de EE.UU. ofrece varios tipos de visados a ciudadanos extranjeros para diferentes fines, como estudiar, trabajar y visitar. Sin embargo, algunos inmigrantes se encuentran en una situación desesperada y necesitan entrar en EE.UU. inmediatamente por razones humanitarias. En tales casos, el gobierno estadounidense ofrece una opción conocida como I-220a. En este artículo, desde las Oficinas Legales de Nido Nylund, proporcionaremos una guía completa para entrar en los EE.UU. utilizando el I-220a.

El I-220a es una forma de libertad condicional (parole) humanitaria que permite a los extranjeros entrar temporalmente en EE.UU. por motivos humanitarios. El gobierno de EE.UU. concede el permiso humanitario caso por caso, y no es un visado ni un estatus migratorio permanente. Es una solución temporal para quienes no pueden obtener un visado o sufrirían un perjuicio importante si no se les permitiera entrar en EE.UU. inmediatamente. Algunos ejemplos de tales razones incluyen emergencias médicas, reunificación familiar y asuntos de negocios urgentes. Es importante señalar que la I-220a no está destinada a personas que deseen entrar en EE.UU. por turismo u otras razones no esenciales.

Para poder acogerse al I-220a, el extranjero debe demostrar que su entrada en EE.UU. está justificada por razones humanitarias urgentes. También debe demostrar que es admisible en EE.UU. según la ley de inmigración, lo que significa que no tiene ninguna infracción penal o de inmigración que le impida entrar en EE.UU.

Para solicitar el I-220a, el inmigrante debe presentar el formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS). La solicitud debe incluir información detallada sobre el motivo humanitario urgente de la petición y por qué no puede obtener un visado. El USCIS examinará caso por caso la solicitud y decidirá en función de la información facilitada.

 

Es importante tener en cuenta que el USCIS tiene total discreción a la hora de conceder o denegar el I-220a. Por lo tanto, proporcionar toda la información pertinente y convincente para apoyar la solicitud es crucial.

 

Si el USCIS aprueba la solicitud I-220a, el immigrante recibirá un documento de viaje que le permitirá entrar temporalmente en Estados Unidos. A su llegada al país, deberá presentar el documento de viaje y pasar los trámites de aduana e inmigración. Además, los funcionarios de inmigración de EE.UU. le harán preguntas sobre el propósito de la visita y la duración de la estancia, y podrán solicitarle documentación adicional.

En este momento debe tener toda la documentación requerida a su llegada a EE.UU. También debe estar preparado para responder a las preguntas con sinceridad y proporcionar información completa y precisa.

A su llegada a EE.UU., estarán sujetos a las leyes y reglamentos estadounidenses. Deberán cumplir todas las leyes y reglamentos del país, incluidos los relativos al empleo, los impuestos y la asistencia sanitaria. Es imprescindible recordar que las personas con parole por motivos humanitarios sólo están autorizadas a trabajar o estudiar en EE.UU. si el USCIS lo aprueba específicamente. También se les puede exigir que se presenten periódicamente ante los funcionarios de inmigración de EE.UU. para proporcionar información actualizada sobre su situación.

Entrar en EE.UU. puede ser complejo y difícil, pero es posible con la información y orientación correctas. La I-220a es una opción viable para los inmigrantes que no pueden obtener un visado pero tienen razones humanitarias urgentes para entrar en los EE.UU. Sin embargo, es esencial proporcionar toda la información pertinente y convincente para apoyar la solicitud, ya que el USCIS tiene total discreción a la hora de conceder o denegar la I-220a.

Para obtener más información, llámenos al 713-678-0582 o 202-256-9541 para una consulta gratuita con uno de nuestros abogados de inmigración.

contacto

Abogados de Inmigración

Envíanos un mensaje a través del formulario y uno de nuestros profesionales se pondrá en contacto contigo para ayudarte en lo que necesites.

Post Relacionados

January 16, 2025

Se acabó la regla de los 60 días: Cambio en la política de exámenes médicos de inmigración

Un cambio político importante: Agilizar el proceso de solicitud de inmigración, reducir los retrasos, y aliviar la carga sobre los
January 16, 2025

Analizando la actualización de la política migratoria: cómo podemos defender el derecho al asilo

La regulación "Eludiendo Vías Legales" (Circumventing Legal Pathways) de la administración Biden está socavando la ley humanitaria de EE. UU.,
January 16, 2025

Urge desmantelar los protocolos de protección de inmigrantes y restablecer el derecho de asilo

Han pasado dos años desde que la administración Trump implementó los controvertidos Protocolos de Protección al Migrante (MPP), también conocidos
Menu
Contacto

Houston, Texas

Washington, D.C.

+1 (713) 678-0582

info@nidonylund.com

Esta página web fue diseñada para proporcionar información general únicamente. La información en esta página no crea una relación abogado-cliente, ni debe tomarse como asesoramiento legal para su caso. Para más detalles no dude en ponerse en contacto directamente con nuestras oficinas.

© 2025 por Nido Nylund Law Firm, LLC. Todos los derechos reservados.